Auditorías y Actos de Fiscalización
Tlalnepantla de Baz forma parte de los municipios del Estado de México y se localiza en la zona nororiente de la entidad, dentro de la Región Valle Cuautitlán-Texcoco y de la Zona Metropolitana del Valle de México. Su extensión territorial es de 83.7 kilómetros cuadrados.
El municipio está conformado por dos áreas territoriales separadas entre sí: la Zona Poniente y la Zona Oriente, en las que se distribuyen 265 comunidades entre colonias, fraccionamientos, pueblos, unidades habitacionales y zonas industriales.
La Zona Poniente concentra la mayor parte del territorio municipal, con predominio de áreas habitacionales, industriales y corredores comerciales vinculados a la dinámica metropolitana.
La Zona Oriente, aunque de menor superficie, presenta una urbanización más compacta y una elevada densidad poblacional, lo que incrementa la demanda de infraestructura y servicios públicos.
Auditorías
Es la instancia encargada de promover, evaluar y fortalecer el adecuado funcionamiento del control interno en la administración pública municipal. Tiene como responsabilidad vigilar el correcto ejercicio de los recursos públicos, verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable y supervisar la actuación de las personas servidoras públicas, así como de proveedores y contratistas. Asimismo, es competente para recibir, investigar y substanciar denuncias por presuntas faltas administrativas, realizar auditorías e inspecciones, y coordinarse con las instancias fiscalizadoras estatales para garantizar la legalidad, transparencia y rendición de cuentas en la gestión municipal.
La Auditoria Superior de la Federación, la Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, la Secretaria de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, los Órganos Internos de Control Municipal, entre otros.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
- Ley General de Responsabilidades Administrativas.
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
- Ley de Fiscalización Superior del Estado de México.
- Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Recursos Federales, recursos Estatales, programas Sociales, deuda pública, Ingresos, Egresos, Obra Pública, recursos humanos, patrimonio, recursos propios Municipales, entre otros.
Consisten en la detección de irregularidades que podrían derivar en la comisión de faltas administrativas, y en la identificación de acciones de mejora. Los resultados permiten corregir irregularidades, fortalecer los procesos administrativos y promover una gestión pública más eficiente, transparente y conforme a la normatividad.
Estos procesos permiten evaluar el actuar de las personas servidoras públicas, el ejercicio del presupuesto y el cumplimiento de los objetivos, previniendo abusos y fortaleciendo la confianza ciudadana, garantizando que los recursos públicos se orienten al bienestar colectivo.
Verifica que los ingresos y egresos municipales se ejerzan conforme a la normatividad aplicable, realiza auditorías financieras, formula observaciones y da seguimiento a su solventación.
Audita e inspecciona la obra pública municipal en sus distintas etapas, desde su planeación hasta su conclusión, da seguimiento a observaciones, participa en los procesos de adjudicación y entrega-recepción de las mismas.
Planea y ejecuta auditorías e inspecciones verificando el cumplimiento normativo y el desempeño institucional; participa en la elaboración y actualización del inventario general de bienes muebles e inmuebles, y en los actos de entrega-recepción.